A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Juzgado Primero Penal Del Circuito De Pasto·Demandado Solarte Chaves William Mauricio Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Procuraduría Provincial de Instrucción de Pasto (Nariño) y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Nariño.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la queja disciplinaria que presentó una ciudadana en contra del oficial mayor y sustanciador del Juzgado Primero Penal del Circuito de Pasto (Nariño) por un presunto trato irrespetuoso.
La Sala Plena de la Corporación consideró que no hay lugar a pronunciarse de fondo respecto del presente asunto, como quiera que la controversia suscitada no corresponde a un conflicto entre jurisdicciones.
Por lo anterior se declaró INHIBIDA.
No obstante, en atención a la necesidad de garantizar el derecho fundamental al acceso a la administración de justicia, establecido en el artículo 29 de la Constitución Política dispuso remitir el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que resuelva el conflicto de competencia suscitado y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3786 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.